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¿Qué obligaciones deben cumplir todas las empresas en caso de inspección?

3 de mayo de 2024
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Toda empresa, con independencia del número de trabajadores y trabajadoras, debe cumplir una serie de obligaciones que deben estar cubiertas y al día en caso de inspección .


Obligaciones que toda empresa debe cumplir  con independencia del número de trabajadores y trabajadoras :

  • Calendario Laboral anual expuesto en lugar visible en cada uno de los centros de trabajo.
  • Control del registro horario de los trabajadores y trabajadoras donde se refleje, como mínimo:

                      - Días de trabajo.

                      - Hora de inicio y fin de la jornada laboral.

                      - Sumatorio mensual con el total de horas trabajadas.

                     - Firma del trabajador o trabajadora.

  • Protocolo de desconexión digital para los empleados y empleadas cuando se encuentren fuera del horario laboral.
  • Prevención de riesgos laborales para velar por la seguridad de los empleados y empleadas.
  • Ofrecimiento de reconocimiento médico a toda la plantilla de la empresa. Aquellas empresas que tengan actividades de riesgo (construcción, transporte, etc...) es obligatorio realizar la revisión médica a todos los trabajadores y trabajadoras.
  • Protocolo de acoso para prevenir y saber tratar el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.
  • Registro salarial con valores medios de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales; desagregado por sexos y distribuido por grupos y categorías profesionales o puestos de trabajo igual o del mismo valor.
  • Protección de datos para comprobar si la empresa cumple con las normativas de protección de datos personales.
  • Acuerdo de Teletrabajo donde se especifiquen todas las condiciones relacionadas con esta modalidad si se tiene instaurada.

Obligaciones que toda empresa debe cumplir en caso de no tener ningún trabajador :

  • Protección de datos para comprobar si la empresa cumple con las normativas de protección de datos personales.
  • Prevención de riesgos laborales para velar por la seguridad en todas aquellas actividades que exista relación de contrata o subcontrata, realizando una coordinación de la actividad preventiva con las demás empresas existentes en el puesto de trabajo.

El incumplimiento  de alguna de las obligaciones empresariales puede dar lugar a sanciones económicas, responsabilidades administrativas, civiles y penales.

Las sanciones económicas pueden oscilar, en función de la gravedad de la infracción, entre 600 € y más de 800.000 €.

Para cualquier aclaración puede contactar con nuestro  departamento LABORAL  llamando al  93 788 79 50  o enviando un correo electrónico a la dirección   suportlaboral@cadeconsultors.com

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